17 Ene Informe de aportación no dineraria para ENISA
Iniciado el año 2017 diferentes empresas ante la situación macroeconómica más receptiva y un crecimiento del sector TIC constante se plantean solicitar créditos blandos o participativos como por ejemplo ENISA. Algunas empresas de nueva creación o con un historial de negocio, plantean la aportación NO dineraria para poder optar a un crédito ENISA de mayor presupuesto. Es entonces cuando los socios se plantean la necesidad de realizar un informe de aportación no dineraria para ENISA solicitando nuestros servicios con una amplia experiencia durante los últimos 5 años, siendo líderes a nivel nacional en este aspecto.
Informe de aportación no dineraria para ENISA
Entendamos que los socios, ya sea para crear una nueva sociedad o bien para una ampliación de una existente tiene dos opciones, aportaciones dinerarias y aportaciones NO dinerarias, más desconocidas para muchos de los profesionales que creamos empresas, emprendedores, etc
En primer lugar, entendamos que únicamente pueden ser objeto de aportación los bienes o derechos patrimoniales susceptibles de valoración económica. Es decir, no puede ser considerado como aportación al capital social de una empresa el trabajo o servicios que desempeñará alguno de los socios. En este sentido y alineado con nuestros informes de valoración si lo son:
- Portales web desarrollados.
- Software de toda índole.
- APP específicas.
- Algoritmos.
- Hardware y equipamiento.
Es en los 4 primeros donde nuestra especialización, valorando estrategia de negocio y tecnología, donde nuestros informes han sido aceptados en entidades como Ministerio de Industria, Turismo, etc para Emprendetur, ENISA,…
En el artículo 73 de la Ley de Sociedades de Capital se regula el régimen de responsabilidad de los socios en las sociedades limitadas. Ahora bien, los socios en el momento en el que se aumente el capital y quienes adquieran alguna participación, deberán responder solidariamente frente a la sociedad y frente a los acreedores sociales de la realidad de dichas aportaciones y del valor que se les haya atribuido. No obstante, aquellas aportaciones no dinerarias que sean sometidas a valoración pericial quedarán excluidas de esta responsabilidad solidaria. Conviene, en cualquier, solicitar una tasación como la que nosotros somos expertos para evitar responsabilidad frente a terceros.
Jurisprudencia
Aunque nosotros somos peritos tasadores expertos en valorar negocios y proyectos basados en tecnología, no siendo juristas o letrados, no está demás citar algunas cuestiones que en ciertos juzgados han surgido para poder realizar de forma segura en las aportaciones no dinerarias.
Ahora quisiéramos citar algunas cuestiones de jurisprudencia:
STS Sala 1ª – 14-9-2007 – Fundamentos de Derecho 3º – Ponente: Francisco Marín Castán: Nombramiento de experto independiente.
“…El nombramiento del experto independiente a fin de realizar la valoración de las aportaciones no dinerarias, no deberá realizarse por el socio aportante, sino por la propia sociedad. …“
STS Sala 1ª – 7-3-2006 – Fundamentos de Derecho 4º – Ponente: José Ramón Ferrándiz Gabriel: Valoración de la aportación de rama de actividad.
“…Para efectuar la valoración de una aportación no dineraria de rama de actividad, no se debe limitar a aplicar criterios meramente contables, sino que es preciso tener en cuenta otros aspectos ajenos a la contabilidad que pueden repercutir en un aumento de valor de dicha participación, como puedan ser clientela, expectativas, fondo de comercio, etc…”
Crédito ENISA
Para optar a un crédito ENISA, en muchas ocasiones, el cliente necesita aportar valor a su empresa y es ahí donde nuestro informe puede ser de mucha utilidad, como una aportación no dineraria extra que se requiere para optar a una financiación blanda.
En ocasiones ENISA concede el prestamos supeditado a una ampliación de capital dineraria de y-mil€ y no dineraria de unos z-mil€. Esta situación es muy típica de empresas de nueva creación o emprendedores que solicitan créditos blandos de manera que se establece el siguiente diagrama:
Como ya indicamos en un anterior post nuestro informe, firmado por un perito judicial, permite a este tipo de empresas incluir en el balance el valor de su portal como aportación no dineraria que solicita ENISA.
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